Ministerio de Planificación Federal, Inversion Publica y Servicios - Secretaria de Transporte - Secretario: Ing. Ricardo R. Jaime
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IV Cumbre de las Americas

Secretaria de Transporte
R.U.T.A.
INSCRIPCION OBLIGATORIA
De todas las empresas y Vehículos que efectúen transporte Nacional e Internacional de Cargas

 

Instructivo Plan de Renovación y Ampliación de Flota
Preguntas más Frecuentes
Solicitud de Certificado para el Plan de Renovación y Ampliación de Flota
Consulta de Estado de Expedientes
Solicitud de Inscripción en el R.U.T.A. (FADEEAC)
Solicitud de Inscripción en el R.U.T.A. (CNTA)
Ruta

 

Sr. Cargador o empresa
dadora de Cargas
RUTA | Quien paga mal, Paga Dos veces
Decreto 1035/2002
Capítulo III

Los únicos centros de recepción autorizados para efectuar el trámite de inscripción en el REGISTRO UNICO DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR
( RUTA )
, Son según la resolución 74/2002 de la Secretaría de Transporte - Aquellos que están a cargo de entidades empresarias signatarias del plan de competitividad. Ninguna otra persona o institución está legalmente habilitada para efectuar el registro. En los próximos días, Gendarmería Nacional comenzará a auditar los centros de recepción existentes para garantizar que los mismos en sede cámaras empresarias y/o centros de transportistas debidamente constituidos.

... Artículo 16. - Los dadores de carga sólo podrán contratar a aquellos transportistas que se encuentren debidamente inscriptos en el REGISTRO UNICO DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR
( RUTA )
Capítulo IV
"Régimen Sancionatorio"
... Artículo 19. - La realización de Transporte por automotor de cargas sin contar con la inscripción en el R.U.T.A será sancionado con DIEZ (10) unidades a ( 20 ) unidades.
Será solidariamente responsable el dador o tomador de carga que contrata los servicios de transporte de quién no haya dado cumplimiento a la inscripción en el mencionado registro.

  Beneficios para los Transportistas Inscriptos
Descuento de tasas por transferencia de los vehículos del Registro Nacional de la Propiedad Automotor que acrediten su inscripción en el R.U.T.A.
Descuentos en peajes de rutas nacionales concesionadas. Decreto 455/2007. Resolución conjunta ST 358/07 y SOP 316/07.
Plan de Renovación y Ampliación de Flota.  Resolución ST 254/07.
Posibilidad de inscribirse en el régimen de presentación voluntaria,
el cual le permitirá una deducción de hasta el 70% en las multas que adeude a la C.N.R.T hasta el 29 de julio de 2002.
Beneficios que se convengan en el futuro, para el Transporte Automotor de Carga.
   
 
Sanciones
A partir del 13 de Enero de 2003 NO PODRA realizar Transporte de cargas NINGUN VEHICULO QUE NO FIGURE INSCRIPTO EN EL R.U.T.A.
La empresa a fletero que haya presentado documentación
adulterada podrá ser SUSPENDIDO y/o INHABILITADO EN FORMA PERMANENTE
De acuerdo a lo dispuesto por los Art. 16 y 19 del Decreto 1035/02, el dador o tomador de carga que contrate los servicios de Transporte de quien no está inscripto en el R.U.T.A, será SOLIDARIAMENTE RESPONSABLE con la sanción aplicada al transportista.
 
 
Información General
CIRCULARES R.U.T.A. (PROVIDENCIA OPERATIVA)
 
 
 
Reglamentación


 

 

 

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